La norma también tiene como objetivo la simplificación administrativa para facilitar la iniciativa de los emprendedores, tal como establece la normativa europea

El Gobierno de Cataluña ha aprobado el Proyecto de ley de ordenación de las actividades de espectáculos públicos y recreativas, que tiene como objetivo garantizar la seguridad de los participantes, reforzar la convivencia entre todos los sectores implicados, asegurar la calidad de los establecimientos y de las actividades y facilitar la actividad económica.

La norma sustituirá a la ley de espectáculos vigente y se ha redactado dando cumplimiento a la directiva europea que obliga a simplificar los trámites administrativos para facilitar la actividad económica.

La nueva regulación incluye más definiciones de conceptos y más precisiones que la normativa anterior. Da especial relevancia al concepto de riesgo importante, que es determinado por la regulación en materia de prevención de incendios, y está basado en elementos objetivos como el aforo o la superficie. Para incrementar la seguridad jurídica, la ley precisa qué actividades quedan incluidas en la aplicación de la ley y cuáles quedan fuera.
Fomentar y promover la calidad de las actividades y los establecimientos es uno de los objetivos de la nueva ley. Por este motivo, prevé la creación de distintivos que lo acrediten, como la denominación de calidad Q10, que podrán obtener aquellos establecimientos que cumplan los requisitos preestablecidos.
La nueva ley también quiere facilitar la actividad económica vinculada al mundo del ocio. Por ello y para dar cumplimiento a los objetivos de la directiva europea de mínima intervención y simplificación administrativa, la nueva ley establece el régimen general de la comunicación en actividades recreativas. Así pues, la solicitud de licencia o autorización sólo será necesaria cuando se trate de una actividad que se enmarque en el concepto de riesgo importante.
La ley de espectáculos, pero también vela por la convivencia y el respeto cívico de las personas no participantes en las actividades. Por este motivo, establece una serie de obligaciones que deben cumplir los titulares de los establecimientos y los organizadores de las actividades. Por ejemplo, cumplir los horarios de inicio y finalización de las actividades, respetar el aforo máximo permitido o impedir que el público salga con bebidas de los establecimientos. En caso de no cumplirse las obligaciones se prevé un régimen sancionador para la persona responsable.
El Gobierno ha aprobado que se envíe al Parlamento este Proyecto de Ley y retoma así la tramitación que decayó al finalizar la legislatura anterior.

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