El DOCM ha publicado la Orden 87/2023, de 20 de abril, de la Consejería de Fomento, por la que se modifican las áreas geográficas y ámbitos territoriales de precio máximo superior de referencia a efectos de determinar los precios y rentas máximas de las viviendas con protección pública
La orden pretende promover el acceso a la vivienda de los sectores de población de menor renta, favoreciendo la promoción privada de vivienda protegida, teniendo siempre en cuenta la naturaleza y función de este tipo de vivienda y el esfuerzo económico que pueden realizar la ciudadanía para adquirirla, de manera prudente y adaptada a la realidad de cada territorio, sin producir una alteración general del sistema de fijación de precios máximos en todo el territorio regional.
La revisión de la actual relación de municipios y ámbitos territoriales de precio máximo superior tiene por objeto adecuar los precios máximos de venta y renta a la realidad de los costes de construcción, a los datos relativos al valor tasado de la vivienda y al incremento de los precios del alquiler de esas zonas territoriales.
Municipios por Ámbitos Territoriales de Precio Máximo Superior y Áreas Geográficas
a) Pertenecen al Ámbito Territorial de Precio Máximo Superior B, los siguientes municipios:
1.º. De la provincia de Albacete: Albacete.
2.º. De la provincia de Ciudad Real: Ciudad Real.
3.º. De la provincia de Cuenca: Cuenca.
4.º. De la provincia de Guadalajara: Azuqueca de Henares y Guadalajara.
5.º. De la provincia de Toledo: Illescas, Seseña y Toledo.
b) Pertenecen al Ámbito Territorial de Precio Máximo Superior C, los siguientes municipios:
1.º. De la provincia de Guadalajara: Alovera, Cabanillas del Campo, El Casar, Marchamalo, Torrejón del Rey y Villanueva de la Torre.
2.º. De la provincia de Toledo: Argés, Bargas, Casarrubios del Monte, Esquivias, Ocaña, Olías del Rey, Talavera de la Reina, Torrijos, Ugena, Yeles, Yepes y Yuncos.
c) Pertenecen al Área Geográfica 1, los siguientes municipios:
1.º. De la provincia de Albacete: Almansa, Caudete, Hellín, La Roda, Tarazona de la Mancha, Tobarra y Villarrobledo.
2.º. De la provincia de Ciudad Real: Alcázar de San Juan, Almagro, Almodóvar del Campo, Argamasilla de Alba, Bolaños de Calatrava, Campo de Criptana, Daimiel, Herencia, Malagón, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Pedro Muñoz, Poblete, Puertollano, Socuéllamos, La Solana, Tomelloso, Valdepeñas, Villanueva de los Infantes y Villarrubia de los Ojos.
3.º. De la provincia de Cuenca: Mota del Cuervo, Motilla del Palancar, Las Pedroñeras, Quintanar del Rey, San Clemente y Tarancón.
4.º. De la provincia de Guadalajara: Chiloeches, Fontanar, Galápagos, Horche, Mondéjar, Pioz, Pozo de Guadalajara, Quer, Sigüenza, Tórtola de Henares, Uceda, Valdeaveruelo, Valderachas, Yebes y Yunquera de Henares.
5.º. De la provincia de Toledo: Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Borox, Burguillos de Toledo, Cabañas de la Sagra, Camarena, Carranque, Cedillo del Condado, Chozas de Canales, Cobisa, Consuegra, Escalona, Fuensalida, Lominchar, Madridejos, Magán, Méntrida, Mocejón, Mora, Nambroca, Noblejas, Numancia de la Sagra, Ontígola, Pantoja, Pepino, La Puebla de Montalbán, Quintanar de la Orden, Recas, Santa Cruz de Retamar, Santa Cruz de la Zarza, Sonseca, Valmojado, Villaluenga de la Sagra, El Viso de San Juan y Yuncler.
d) Pertenecen al Área Geográfica 2, el resto de los municipios de la región.
En el caso de procedimientos de calificación provisional de una promoción de vivienda protegida en tramitación, se aplicará el régimen de precios que estuviese vigente en el momento de presentación de la solicitud de calificación provisional.
Precios máximos de venta vigentes de las viviendas de protección pública en Castilla-La Mancha
PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA | ||||||
€/m2 superficie útil | ||||||
VPO | VPO | VPO | VPT | Iniciativa Público -Privada | VPO | |
Régimen Especial | Régimen General | Régimen Concertado | Precio Tasado | Promoción Pública | ||
ATPMS B | 1.368,94 | 1.564,51 | 1.760,07 | 1.877,41 | 2.065,16 | 1.001,19 |
ATPMS C | 1.220,38 | 1.394,72 | 1.569,06 | 1.673,66 | 1.841,03 | 892,62 |
Área Geográfica 1 | 1.061,20 | 1.212,80 | 1.364,40 | 1.455,36 | 1.600,89 | 776,19 |
Área Geográfica 2 | 909,6 | 1.061,20 | 1.212,80 | 1.273,44 | 1.400,78 | 679,17 |