Se ha publicado el Reglamento Delegado relativo a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción

Con la publicación de este Reglamento Delegado (UE) 2016/364 de la Comisión de 1 de julio de 2015, relativo a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción de conformidad con el Reglamento (UE) no 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo queda derogada la Decisión 2000/147/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción.

El Reglamento establece que cuando el uso previsto de un producto de construcción sea tal que el producto pueda contribuir a la generación y la propagación de fuego y humo dentro de la sala o la zona de origen, o fuera de ellas, las prestaciones del producto en relación con su reacción al fuego se clasificarán de conformidad con el sistema de clasificación establecido en el anexo de dicho Reglamento.

El Reglamento relativo a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción entrará en vigor el 4 de abril, siendo obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

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