El Diario Oficial de Galicia publica hoy la Ley de Ordenación del Territorio (LOT) de la Comunidad gallega, que completa el marco normativo urbanístico y paisajístico y que sustituye a una norma con 25 años de vigencia por otra más clara, útil y eficaz en su aplicación

La Ley de Ordenación del Territorio (LOT) entrará en vigor el próximo 15 de febrero, un mes después de la publicación de esta nueva normativa en el Diario Oficial de Galicia, tal y como se recoge en la Disposición general que hoy publica el DOG. De este modo, la sociedad gallega cuenta con un nuevo instrumento que actualiza, simplifica y agiliza la planificación urbanística, con la finalidad de evitar desequilibrios y mejorar la planificación territorial de la Comunidad.

Criterios y objetivos

Los grandes criterios y objetivos, a los que responde esta nueva ley, son:

  • facilitar el desarrollo ordenado del medio natural y del suelo como bien limitado,
  • arantizar la protección de los valores paisajísticos y la sostenibilidad ambiental,
  • hacer accesibles los servicios e infraestructuras públicas,
  • 14luchar contra el cambio climático.

Proyectos de Interés Autonómico

Una de las principales novedades es la creación de los Proyectos de Interés Autonómico como único instrumento de intervención directa en el territorio, en relevo de los Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal. Su función será la de planificar y ejecutar actuaciones en el territorio que trasciendan el ámbito del municipio por su impacto territorial, económico y sociocultural, como puede ser la implantación de dotaciones urbanísticas o la ampliación de grandes empresas e infraestructuras públicas como, por ejemplo, hospitales.

Procedimiento de tramitación

Otra novedad es que fija un único procedimiento de tramitación para todos los instrumentos de ordenación con el fin de agilizar la gestión administrativa y evitar duplicidades. De este modo, se someterán a evaluación ambiental estratégica, común o simplificada, integrando el procedimiento ambiental en el de tramitación del propio instrumento.

Simplificación administrativa

También es una ley que pretende simplificar administrativamente su aplicación práctica, al reducir a cuatro el número de instrumentos de ordenación:

  1. Directrices de Ordenación del Territorio;
  2. Planes territoriales (diferenciando entre integrados y especiales, en función de su mayor o menor escala y ámbito de afección ambiental);
  3. Planes Sectoriales; y,
  4. Proyectos de Interés Autonómico.

Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia

Hace falta destacar que, en virtud de la LOT, también crea el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, con el que se garantiza una mayor seguridad jurídica, transparencia y accesibilidad. En este registro deberán inscribirse todos los instrumentos de ordenación del territorio antes de su entrada en vigor, una garantía de que se trata de su versión definitiva y de que, tanto administraciones como ciudadanía, podrán acceder a su contenido.

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