La Comunidad de Madrid elimina el límite de edad, permite el cambio de uso de las viviendas y permitirá la opción de comprar a partir del primer año

Una de las principales novedades es la eliminación del límite de edad para poder optar a las viviendas del Plan Joven, de forma que los mayores de 35 años también podrán beneficiarse. Gracias a este cambio, si existen viviendas disponibles podrán solicitarlas quienes superen esa edad y cumplan el resto de los requisitos. Estas viviendas tienen un precio de alquiler más bajo que el de mercado y, además, los arrendatarios pueden optar a comprarla, recuperando un 50% de la renta ya pagada.

images (1)En este punto también hay novedades, ya que hasta ahora el plazo a partir del cual podían ejercer el derecho a compra era de entre cinco y siete años, y ahora podrán hacerlo a partir del primer año. Además, también está previsto reducir el plazo mínimo de arrendamiento a seis meses, lo que contribuirá a flexibilizar el mercado del alquiler. Por otro lado, la modificación del reglamento amplía la superficie máxima de estas viviendas, que pasa de 70 a 80 metros cuadrados.

Desde 2005 la Comunidad ha entregado 13.506 viviendas del Plan Joven y otras 4.178 están en construcción. Sin embargo, algunos de estos jóvenes (1.839) han renunciado a su derecho a la vivienda y sus pisos han quedado libres para el resto de los solicitantes. En este sentido, la eliminación del requisito de la edad permitirá dar salida al stock de viviendas disponibles, cuyo listado se encuentra detallado en el portal de Vivienda de la Comunidad de Madrid.

Otra de las novedades es la posibilidad de cambiar el régimen de uso de las viviendas, que podrán ofrecerse para venta, arrendamiento o arrendamiento con opción a compra según las necesidades que presente cada caso concreto. También se persigue adaptar la oferta a las necesidades de determinados colectivos, como el de las familias numerosas. Así, podrán ser adjudicatarias de más de una vivienda si pueden unirse en una sola.

Asimismo, la Comunidad permitirá reducir el precio del alquiler a separados o divorciados que, siendo propietarios de una vivienda, no puedan residir en ella porque en la sentencia no les haya sido atribuido el disfrute. También la propuesta de cambios contempla la posibilidad de que el IVIMA reduzca la renta a las asociaciones que tengan adjudicada una vivienda protegida y la destinen para uso social.

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