La Ley de territorio supondrá repensar toda la legislación vigente en materia de política territorial y de urbanismo

Se ha aprobado la memoria preliminar del Anteproyecto de ley de territorio, iniciando así la tramitación de este nuevo texto legislativo que sustituirá a las leyes sectoriales de ordenación del territorio y urbanismo, gestión del litoral y paisaje.
La Ley de territorio se concibe como la concreción de un proceso de revisión de los objetivos, los instrumentos y los procedimientos vigentes en la actualidad en estas materias. Toda la normativa relativa a estos aspectos quedará integrada en un único texto. El objetivo del Gobierno es ir más allá de los habituales cambios periódicos en la legislación para proponer una reforma completa del modelo, teniendo en cuenta que nos encontramos en un cambio de ciclo estructural, con unas necesidades diferentes a las que han regido la práctica urbanística las últimas décadas.

Una Ley estable y duradera

El texto que ahora se empieza a tramitar tendrá un carácter estratégico y poco coyuntural, y deja para los futuros reglamentos la concreción de los aspectos más técnicos. Se busca, pues, que la Ley sea estable y duradera y que sean los reglamentos los que se cambien, si es necesario, para adaptarse a la realidad de cada momento.
 
La Ley de territorio abordará 10 ámbitos temáticos principales, concebidos como principios rectores que generan un amplio consenso entre los actores habituales del planeamiento urbanístico:
  1. Fomentar el reciclaje urbano frente al crecimiento en extensión. En las próximas décadas, la actuación urbanística debe centrarse en la transformación de la ciudad construida, que debe contar con herramientas específicas.
  2. Garantizar la eficiencia del territorio mediante fórmulas de gobernanza supramunicipal. Cataluña es uno de los países europeos donde la superficie media de los municipios es más pequeña. Al menos en los sistemas urbanos complejos, es necesario que el planeamiento urbanístico general sea plurimunicipal. Los espacios abiertos o los grandes polígonos para la actividad económica deben planificarse entre varios municipios.
  3.  Integrar más las variables social y económica en el planeamiento , que debe ser un instrumento favorecedor de la cohesión social. Hay que incorporar la memoria social en el avance del planeamiento, mientras que los estudios económicos deben incluir un borrador de los sistemas de gestión que se utilizarán para sacarlo adelante.
  4. Facilitar el acceso a la vivienda y la actividad económica. Establecer nuevos mecanismos para orientar los precios mediante la ejecución pública de actuaciones urbanísticas. Mantener la titularidad de los patrimonios públicos de suelo y evitar las prácticas de retención de suelos.
  5. Adaptar los instrumentos del planeamiento a la diversidad de territorios, de intervenciones y de coyunturas . Basar las decisiones urbanísticas más en la justificación del cumplimiento de los objetivos del planeamiento que en parámetros rígidos fijados por la normativa. Atender las necesidades de los micropueblos.
  6. Reformular los instrumentos de planeamiento general de los municipios.Hay transformarlos en un documento más estratégico y que se pueda tramitar en un plazo de entre dos y tres años. 
  7. Configurar un nuevo planeamiento operativo más rápido de tramitar y más flexible para adaptarse a necesidades cambiantes y evitar las continuas modificaciones puntuales de planeamiento general.
  8. Planificar los espacios abiertos estratégicamente. La regulación debe ser supramunicipal, por unidades de paisaje. Se deben definir los objetivos, prioridades y funciones de los espacios abiertos para proyectar bien este sistema territorial.
  9. Incentivar el reciclaje y mejora del parque edificado en los espacios abiertos. Hay que ser más restrictivo con las nuevas construcciones e impulsar el reciclaje y mejora del parque existente, a menudo infrautilizado.
  10. Establecer nuevos mecanismos para reconducir la situación de las urbanizaciones con déficits.
Además, la Ley prevé la creación de una agencia catalana del protección del litoral y de la legalidad urbanística. El nuevo ente, con personalidad jurídica propia y capacidad de actuación, garantizará de manera más efectiva el cumplimiento de la legalidad en estos campos.

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