Se ha publicado en el BOPV la normativa que regula el control y el registro de los Certificados de Eficiencia Energética en el País Vasco
Entre otros la Orden de 16 de marzo de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el control y el registro de los Certificados de Eficiencia Energética, establece en el Capítulo I el control de la certificación de eficiencia energética, con el objetivo de verificar la exactitud de los datos consignados en el Certificado, el cumplimiento del procedimiento y la corrección de la calificación energética obtenida. Así, por un lado, se regulan los requisitos que han de reunir los agentes acreditados, que serán entidades u organismos debidamente acreditados en el campo reglamentario correspondiente, así como los derechos y obligaciones que les asisten en el ejercicio de esta labor. Por el otro, se detalla el mecanismo mediante el cual se va a llevar a cabo el control, tanto de la certificación del proyecto como de la del edificio terminado y la del existente, especificando el contenido que debe tener el informe de control y previendo la situación de que estos informes sean disconformes articulando, asimismo, la posibilidad de reclamación.
El Capitulo II se encarga de regular el procedimiento de inscripción en el Registro de los Certificados de Eficiencia Energética de edificios, su tramitación electrónica y prevé la forma de acceso a la información obrante en el mismo.