El Gobierno de Cataluña encarga al CGE un dictamen por posible invasión competencial de la Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas

La Gobierno de Cataluña ha aprobado hoy solicitar al Consejo de Garantías Estatutarias un dictamen sobre la posible invasión de competencias de la nueva Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas aprobada recientemente por el gobierno español (Ley 8/2013, de 26 de junio). Este dictamen es previo a la interposición de un posible recurso de inconstitucionalidad por 11 artículos y por tres disposiciones transitorias.

Estos artículos y disposiciones establecen ciertas determinaciones relativas al informe de evaluación de los edificios, las actuaciones sobre el medio urbano y la sujeción de determinados actos de edificación y uso del suelo a la obtención de licencia, que el Gobierno estima que podrían vulnerar las competencias exclusivas que el Estatuto de Autonomía de Cataluña le reconocen en materia de vivienda y urbanismo.
La Ley de rehabilitación incluye y reformula dentro de su articulado diversas normas relativas a la intervención en el medio urbano que introdujeron, sucesivamente, la Ley 2/2011, de 4 de marzo de Economía Sostenible y el Real Decreto 8/2011, de ‘1 de julio, normas que han sido impugnadas ante el Tribunal Constitucional por parte de la Generalidad de Cataluña. Estos recursos están pendientes de resolución y la nueva Ley suscita las mismas dudas sobre la legitimidad competencial que despertaron las normas que aglutina y modifica.
En concreto, hay tres bloques de preceptos a analizar:
· Los artículos y disposiciones que regulan el informe de evaluación de los edificios (IAE), que controla el cumplimiento de las condiciones de seguridad, conservación y accesibilidad de los edificios y sustituye a la anterior insecció técnica de edificios. El Gobierno considera que la regulación y exigencia de este informe vulnera la competencia de la Generalidad en materia de urbanismo, que incluye la intervención administrativa sobre la edificación, urbanización y el uso del sol y en materia de vivienda, que comprende la inspección y el control de las viviendas.
· Artículos referentes a las actuaciones sobre el medio urbano. Constituyen intervenciones sobre el parque de edificios existentes y la ciudad consolidada, que según la nueva Ley sólo se someten a la legislación urbanística cuando las obras a realizar requieran la modificación del planeamiento pero que, en cambio, cuando no afecten a la ordenación urbanística, se delimitan, tramitan y aprueban de forma independiente, al margen de la legislación autonómica de urbanismo y vivienda, sin que quede claro cuál es la Administración que delimita y aprueba estos ámbitos de actuación.
· La Ley incluye modificaciones de la Ley del suelo, que la Generalitat cuestiona por vulnerar las competencias en materia de urbanismo, en concreto, aquellos apartados que prescriben el sometimiento de todas las actuaciones edificatorias a previo acto de conformidad o aprobación y que otorgan efectos negativos al silencio en determinados supuestos.

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