Con la aprobación de las medidas urgentes en vivienda se pone el foco especialmente en las operaciones de comercialización internacional de grandes paquetes de títulos hipotecarios y de viviendas, procedentes de ejecuciones hipotecarias, en los que viven familias en situación de vulnerabilidad
Se ha establecido el derecho de tanteo y retracto en las transmisiones de todos los pisos provenientes de ejecuciones hipotecarias con posterioridad en abril de 2008. Esta medida se aplicará por un plazo de seis años, hasta el 2021, y quedan afectados los 72 municipios con demanda acreditada, priorizando la adquisición por parte de la Administración de viviendas situadas en zonas con elevado riesgo de exclusión social.
La medida implica que en las operaciones de compra de viviendas provenientes de ejecución hipotecaria, la entidad financiera deberá comunicar la venta a la Generalitat, que tendrá preferencia, conjuntamente con los municipios, para comprar el piso por el mismo precio para destinarlos a alquiler social.
A raíz de la aprobación del Decreto varias entidades financieras ya han hecho aflorar 1.404 pisos en esta situación, que ahora la Generalitat pondrá a disposición de los municipios por si éstos están interesados en adquirirlos. El mismo Departamento de TES también comprará cientos de estas viviendas, dado que ya ha habilitado una partida presupuestaria de 8 millones de euros con este objetivo para el 2015.
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