Orden de 27/03/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establece el procedimiento de inscripción del informe de evaluación de los edificios y se regula el Registro Autonómico de Informe de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha

La Orden de 27/03/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establece el procedimiento de inscripción del informe de evaluación de los edificios y se regula el Registro Autonómico de Informe de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha, tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento del Registro Autonómico de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha, y definir los procedimientos de inscripción, actualización, renovación y cancelación de dichos Informes, de los técnicos y entidades que ofrezcan los servicios de elaboración de estos Informes, así como especificar las condiciones de acceso a la información contenida en el Registro.

La Orden será de aplicación a todos los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva cuyos propietarios estén obligados a acreditar la situación en la que se encuentra el edificio en relación con su estado de conservación, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética del mismo.

El Registro Autonómico de Informes de Evaluación de los Edificios es público y tiene por finalidad, en primer lugar, suministrar información y datos para los censos de construcciones, edificios, viviendas y locales precisados de rehabilitación, con el fin de disponer de la información necesaria para el desarrollo de nuevas políticas públicas, asegurando los principios de información, coordinación y eficacia en la actuación de las Administraciones Públicas, y facilitar el conocimiento ciudadano en relación con la sostenibilidad y calidad del medio urbano y el parque edificado. En segundo lugar, el Registro Autonómico de Informes de Evaluación de los Edificios pondrá a disposición del público información sobre los Informes de Evaluación de los Edificios registrados y sobre los técnicos y entidades que proporcionan servicios de elaboración de estos Informes en la región.

Para proceder a la inscripción del Informe de Evaluación del Edificio por el encargado del Registro Autonómico el plazo será de dos meses desde la presentación de la solicitud debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación preceptiva.

Los técnicos competentes y entidades que ofrezcan servicios de elaboración de estos Informes en Castilla-La Mancha que deseen constar en el Registro Autonómico de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha, podrán solicitar su incorporación de forma voluntaria.

 

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