Entra en vigor el Código de Accesibilidad de Cataluña , que detalla las medidas en materia de accesibilidad aplicables a la edificación, transporte, urbanismo, productos y servicios, tanto públicos como privados y en espacios ya existentes o los de nueva creación

  • Se trata de un reglamento exhaustivo, que va más allá de las barreras arquitectónicas, y tiene en cuenta también la accesibilidad comunicativa y cognitiva de los productos y servicios o actividades culturales, deportivas y de ocio
  • El nuevo Código de Accesibilidad tiene como objetivo afrontar el reto demográfico del envejecimiento y incidir en la calidad de vida de las personas con discapacidad o con dificultades de interacción con el entorno, para garantizar el ejercicio de sus derechos y evitar las desigualdades que generan las barreras existentes

El nuevo Código de Accesibilidad de Cataluña detalla las medidas en materia de accesibilidad aplicables a la edificación, transporte, urbanismo, productos y servicios, tanto públicos como privados y en espacios ya existentes o los de nueva creación.

El código, estructurado en 199 artículos, enmarca tres grandes líneas de actuación:

1. Mejora de las condiciones de accesibilidad de todo lo que se diseñe de nuevo

Aunque ámbitos como los espacios urbanos, la edificación o los medios de transporte ya disponen de una regulación bastante completa, el nuevo código incorpora algunos aspectos insuficientemente recogidos en la normativa vigente y complementa otros.

Así, por ejemplo, regula espacios naturales, con especial dedicación a las playas para que tengan suficientes puntos accesibles y distribuidos adecuadamente por todo el territorio para garantizar el derecho de todos al baño. Ordena también el uso de las calles de plataforma única que tienen acera y calzada en el mismo nivel y concreta la utilización de pavimentación táctil, para que las personas ciegas identifiquen los espacios y se orienten. Establece también determinadas condiciones de accesibilidad para el conjunto de habitaciones de los establecimientos hoteleros, incorpora la accesibilidad a las piscinas o desarrolla la instalación de videoporteros, entre otros.

2. Impulso de la transformación del entorno existente

La nueva regulación establece plazos y directrices detalladas para realizar una serie de ajustes razonables, fáciles de ejecutar y necesarios para eliminar barreras significativas.

  • En cuanto al tejido empresarial y de servicios, el reglamento determina que las actuaciones de cierta complejidad y coste más elevado podrán realizarse cuando el establecimiento sea objeto de una intervención importante, como una reforma integral
  • Por otra parte, en el caso de la eliminación de una serie de barreras sencillas de resolver, el código establece un plazo de entre 1 y 3 años para las actuaciones más básicas, que puede variar según las dimensiones y características de los locales.
  • En el caso de la adecuación de espacios, equipamientos y servicios por parte de los entes locales, el Código establece un plazo de entre 8 y 15 años desde su entrada en vigor para llevar a cabo estas actuaciones, según el tamaño del municipio.

3. Incorporación de la accesibilidad comunicativa y cognitiva

La tercera línea de actuación tiene por objeto incorporar la accesibilidad comunicativa y cognitiva en toda su extensión e implementar medidas y recursos adecuados para que las personas con discapacidades sensoriales y cognitivas tengan las mismas oportunidades que el resto de la ciudadanía.

Por ello, el nuevo Código despliega un amplio abanico de condiciones y recursos para que las personas con discapacidades visuales, auditivas o cognitivas no encuentren limitaciones en el día a día de forma continuada. En el ámbito de los servicios culturales, por ejemplo, no sólo se interviene en las características de los equipamientos, sino que se incide especialmente en la importancia de hacer que los contenidos sean accesibles, tanto en los museos y visitas guiadas como en las artes escénicas y en los cines, que necesitan programar una oferta accesible suficiente.

Un distintivo para valorar la calidad en la accesibilidad

Como novedad, el nuevo reglamento contempla la creación de un distintivo de calidad en accesibilidad como reconocimiento de los establecimientos, espacios y municipios. Este certificado se otorgará cuando las características de los edificios, productos o servicios que ofrecen superen determinadas condiciones de accesibilidad física, sensorial y cognitiva, más allá de las que el Código establece como obligatorias.

Ah, hola 👋
Un placer conocerte.

Regístrate para recibir contenido genial en tu bandeja de entrada.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies