Tras conocer el mes pasado la preparación de una norma para los ‘hostels’ hoy conocemos su aprobación

La nueva norma sobre hostels establecerá el marco jurídico necesario para la expansión de este tipo de alojamientos

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto de regulación de los ‘hostels’, nombre con el que se conoce internacionalmente a los albergues turísticos, que tienen gran implantación a nivel internacional, pero mucho más escasa en la región debido a la falta de marco normativo. Esta nueva regulación permitirá el desarrollo de este tipo de alojamientos en Madrid, ofreciendo una alternativa a los turistas a precios razonables.

La Comunidad de Madrid aprueba la regulación de los 'hostels'
[auro] via Compfight

La nueva regulación establecerá el marco jurídico necesario para la expansión de este tipo de alojamientos, con una previsión de apertura de unos 20 hostels en el plazo de tres años, lo que podría atraer a 500.000 nuevos turistas que optan por esta manera de viajar.

El Gobierno regional tiene proyectos y planes de inversión de empresas y emprendedores interesados en abrir establecimientos de este tipo, que gozan de gran aceptación en otras capitales europeas y en países como Estados Unidos y Australia.

Se trata de una nueva vía a la inversión y a la creación de nuevas empresas. El decreto también pretende responder a las demandas del sector turístico, de los hostels ya existentes (hay unos 15 en Madrid) y a la necesidad de ordenar una actividad ya reconocida en otras comunidades autónomas y en la mayoría de los países europeos.

En Madrid hay unas 1.800 camas en este tipo de establecimientos, con una ocupación media del 85%, por lo que a través de los hostels visitan Madrid unas 250.000 personas al año. Teniendo en cuenta que la regulación de los albergues turísticos en otras comunidades ha triplicado el número de visitantes, se prevé que Madrid pueda atraer a 750.000 turistas cada año, aumentado en 500.000 los cerca de diez millones de turistas que vienen a la región anualmente.

Características de los ‘hostels’

La característica principal de los albergues turísticos es que cuentan con habitaciones con literas para grupos (como familias, amigos…), pero también individuales y dobles. Estos alojamientos se clasificarán en una única categoría y se ubicarán en edificios integrales, o en parte independizada de los mismos siempre que dispongan de acceso directo y exclusivo a la vía pública. El precio incluirá suministros de agua, energía, climatización, ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones.

Los establecimientos con menos de 50 habitaciones deberán ofertar una habitación adaptada para personas con discapacidad y una habitación adaptada más, por cada 50 habitaciones o fracción. Los cuartos de baño, individuales o colectivos, estarán dotados de lavabo, inodoro y ducha. Además, deberán contar, entre otros, con los siguientes requisitos mínimos: climatización en todas las dependencias y ventilación directa al exterior, entrada y salida, de uso exclusivo a la vía pública y salón-cuarto de estar multiusos, con capacidad para el 40% de las plazas.

Estos alojamientos deberán ofrecer a sus huéspedes acceso a medios telemáticos y ordenadores, así como a teléfonos. También deberán contar con lavadoras/secadoras para uso de clientes y servicios de desayuno e información turística y cultural de la Comunidad de Madrid. La principal diferencia entre los hostel y los albergues juveniles (hay varios en la región) reside en que los primeros deben estar abiertos al público en general, sin limitación de edad, además de que en ellos se ofrece información turística.

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