La Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público tendrán que comunicar al Registro público de contratos de la Generalidad de Cataluña los datos básicos de todos los contratos que adjudique

El Registro público de contratos de la Generalidad de Cataluña se constituye como un instrumento adecuado por permitir el cumplimiento de las obligaciones de información de datos de los contratos públicos que adjudiquen las entidades de la Administración local catalana que así lo soliciten, de acuerdo con lo que dispone la legislación de contratos del sector público.

Las entidades estatutarias pueden también comunicar sus datos contractuales al Registro público de contratos de la Generalidad de Cataluña, mediante la adopción del correspondiente convenio.

El Registro público de contratos tiene que incorporar de cada contrato un informe de evaluación final que haga referencia a los diferentes aspectos de la ejecución de los contratos y, en particular, los relativos a la adecuación del diseño y los objetivos previstos con la contratación y los resultados finales obtenidos, y también los relativos a los aspectos económicos y presupuestarios y de carácter técnico.

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