El plazo de solicitud para obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios finaliza el 10 de junio
![Inspección Técnica de Edificios Inspección Técnica de Edificios](http://farm4.staticflickr.com/3261/2411198283_8e6bb5345a.jpg)
Estas subvenciones pretenden fomentar la realización de las obras de conservación de edificaciones residenciales de la ciudad, catalogadas o no, para garantizar que dichas edificaciones puedan presentar un adecuado estado de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro.
Las obras que pueden acogerse a las ayudas serán aquellas que requieran o autoricen los órganos competentes y afectarán exclusivamente a los apartados derivados del Acta de Inspección Técnica de Edificios concernientes a: estructura y cimentación; fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros elementos como salientes o vuelos que pudieran suponer un riesgo para las personas; cubiertas y azoteas; redes generales de fontanería y saneamiento; elementos de accesibilidad existentes en el edificio.
Destinatarios
- Propietarios de viviendas integrantes o no de comunidades de propietarios.
- Usuarios de viviendas no propietarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales), que cuenten con permiso expreso de la propiedad.
- Propietarios o usuarios de locales, no propietarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales) ubicados en edificios en los que se lleven a cabo las actuaciones subvencionables y que cuenten con permiso expreso de la propiedad.
- Propietarios de edificios de viviendas destinadas, total o parcialmente, al alquiler y/o uso propio.
- Titulares de aparcamiento y/o trasteros en el supuesto de fincas en régimen de propiedad horizontal, independientes de las viviendas o locales.