El plazo de solicitud para obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios finaliza el 10 de junio


Estas subvenciones pretenden fomentar la realización de las obras de conservación de edificaciones residenciales de la ciudad, catalogadas o no, para garantizar que dichas edificaciones puedan presentar un adecuado estado de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro.
Las obras que pueden acogerse a las ayudas serán aquellas que requieran o autoricen los órganos competentes y afectarán exclusivamente a los apartados derivados del Acta de Inspección Técnica de Edificios concernientes a: estructura y cimentación; fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros elementos como salientes o vuelos que pudieran suponer un riesgo para las personas; cubiertas y azoteas; redes generales de fontanería y saneamiento; elementos de accesibilidad existentes en el edificio.
Destinatarios
- Propietarios de viviendas integrantes o no de comunidades de propietarios.
- Usuarios de viviendas no propietarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales), que cuenten con permiso expreso de la propiedad.
- Propietarios o usuarios de locales, no propietarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales) ubicados en edificios en los que se lleven a cabo las actuaciones subvencionables y que cuenten con permiso expreso de la propiedad.
- Propietarios de edificios de viviendas destinadas, total o parcialmente, al alquiler y/o uso propio.
- Titulares de aparcamiento y/o trasteros en el supuesto de fincas en régimen de propiedad horizontal, independientes de las viviendas o locales.