La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto sendas multas de 200.000 euros a la asociación sectorial Tecniberia y al Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos por la realización de recomendaciones de precios
El Consejo de la CNC considera acreditada una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia consistente en una recomendación de precios de la que serían autores Tecniberia y CICCP.
Al menos desde abril de 2007, estas entidades elaboraron y difundieron diversos documentos en los que se estandariza la forma de calcular los costes directos e indirectos, los gastos generales, así como el beneficio empresarial, indicando cómo fijar los precios de los servicios que prestan los profesionales de las empresas de ingeniería. En dichos documentos, se establece en un 15% el importe que debe considerarse razonable para las bajas en el caso de las licitaciones.
El Consejo de la CNC considera que las diversas actuaciones realizadas por Tecniberia y CICCP constituyen una recomendación colectiva con aptitud para distorsionar la competencia en precios en los servicios de ingeniería civil. Estas conductas tienen aptitud para propiciar una pauta común de comportamiento para las empresas del sector de la ingeniería civil, limitando la competencia entre ellos en una variable fundamental para la competencia como es el precio, por lo que constituyen una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.
La conducta se produjo, además, en un momento en el que se preveía la desaparición de los baremos orientativos (que finalmente se produjo en 2009 gracias a la Ley Omnibus –Ley 25/2009-), orientándose los esfuerzos de Tecniberia y CICCP en establecer un estándar de costes de la actividad y, a partir de él, disponer de una metodología de cálculo de los precios que sirviera de referencia.