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Procedimiento de habilitación para ejercer como Agente Rehabilitador

Procedimiento de habilitación para ejercer como Agente Rehabilitador

Procedimiento de habilitación para ejercer como Agente Rehabilitador
julio 29
23:59 2013

Se ha publicado la Orden de 23 de julio de 2013 por la que se inicia el procedimiento de habilitación para ejercer la actividad de Agente Rehabilitador y se convoca el curso formativo conducente a su obtención que posibilitará nuevos horizontes laborales para los técnicos

La Orden de 5 de junio de 2013 por la que se regula el régimen y funcionamiento del agente rehabilitador en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece como requisito necesario para actuar como agente rehabilitador e intervenir en los trámites de los procedimientos de actuaciones protegidas en materia de rehabilitación, la previa habilitación administrativa.

Dicha habilitación solo podrá ser concedida a aquellos técnicos competentes que superen el correspondiente curso formativo. El curso formativo tiene como objetivo la obtención de la especialización necesaria para el desarrollo de las funciones encomendadas al agentes rehabilitador..

Los interesados en participar en el procedimiento de habilitación para ejercer la actividad de Agente Rehabilitador formularán su solicitud ajustándose al modelo que figura en Anexo I de la Orden de 23 de julio de 2013 dirigiéndola a Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de la Consejería Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de Extremadura. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día 26 de Julio, fecha de publicación de la Orden de 23 de julio de 2013 en el Diario Oficial de Extremadura. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección de Arquitectura y Vivienda publicará la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al procedimiento.

El curso formativo, de ocho horas aproximadas de duración, se impartirá en diversas ediciones con el fin de atender todas las solicitudes presentadas. A la finalización de cada edición del curso formativo, los aspirantes que hubiesen participado en el mismo deberán realizar y superar una prueba escrita, en la que se evaluarán los conocimientos y la práctica necesaria para ejercer la actividad de agente rehabilitador.

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