La Ley de Urbanismo de Aragón estima que las competencias del Gobierno de Aragón deben centrarse en los instrumentos de planeamiento general que son los que implican una estructuración del territorio y suponen una mayor relevancia territorial

Por ello, se prevé un procedimiento de homologación para que los informes de la Comunidad autónoma al planeamiento de desarrollo puedan ser facultativos. De esta forma el Gobierno de Aragón ha aprobado la solicitud de homologación hecha por el Ayuntamiento de Jaca al amparo de la posibilidad que ofrece la nueva normativa, impulsada por el Ejecutivo autonómico.

La directora general de Urbanismo del Gobierno de Aragón, Pilar Lou, ha explicado que la homologación responde al deseo de agilizar la gestión urbanística, dando autonomía a los ayuntamientos en el desarrollo de su planeamiento “primero el que dio el paso al frente fue el Ayuntamiento de Zaragoza y se le aprobó a finales del pasado año, y el segundo ha sido el Ayuntamiento de Jaca. Con ello, estos municipios han conseguido responsabilizarse del propio desarrollo de su Plan General. Se les ha reconocido que tienen capacidad técnica y que tienen documentos que pueden desarrollar ellos. Por eso, ambos municipios van a tramitar ellos su desarrollo de planeamiento sin pedir informe a la comunidad autónoma”, ha apuntado.

De esta forma, la directora general de Urbanismo señala que “se gana agilidad se reducen plazos y tramitaciones para que el ciudadano pueda tener más rápidamente, de forma más inmediata, el desarrollo concreto del Plan en determinados ámbitos en lo que el Plan General ya ha previsto que va a haber un desarrollo. De esta forma, ese desarrollo lo va a hacer más rápido el propio ayuntamiento ya que no va a tener que pasar por previos informes de la comunidad autónoma en materia de Urbanismo”, ha apuntado

En el acuerdo aprobado, se establece que se ha acreditado, por parte del consistorio jacetano la existencia de medios técnicos adecuados para la supervisión del cumplimiento de la legalidad y la garantía de un adecuado desarrollo urbano derivada de la correcta planificación efectuada por el instrumento de planeamiento general.

De esta forma el Gobierno de Aragón homologa al consistorio jaqués para que la intervención del órgano autonómico competente sea sólo facultativa con respecto al planeamiento de desarrollo, se consideran incluidos en el mismo los planes que tengan por objeto el desarrollo del planeamiento general, y las modificaciones de menor entidad del Plan General. Éstas últimas serán las que no afecten a las determinaciones del artículo 40 de la Ley/2009.

Esta aprobación se extiende al desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana ( PGOU) aprobado el 25 de abril de 1996. No obstante, si se produjera un desarrollo reglamentario de la legislación urbanística, esta homologación se actualizaría en función de lo que se estableciese en este desarrollo.

El Ayuntamiento de Jaca es el segundo consistorio que solicita la homologación, tras hacerlo el Ayuntamiento de Zaragoza a finales del pasado año. De esta forma el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, refuerza la autonomía municipal en la toma de decisiones y agiliza los procedimientos administrativos en materia de planeamiento urbanístico en beneficio del territorio y de los ciudadanos.

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