El objeto de la guía es orientar en la tramitación de los procedimientos excepcionales para la tramitación de los expedientes de regularización y minimización del impacto territorial de viviendas irregulares en suelo no urbanizable
La mayoría de las viviendas en suelo no urbanizable plantean diversos problemas ambientales y urbanísticos, muy relevantes en el caso de las carencias en los servicios de suministro de agua, alcantarillado y sobre todo depuración de aguas residuales, dado el impacto medioambiental que generan, ya que se trata de terrenos que se han edificado sin previa ejecución de los servicios mínimos y sin autorización administrativa en números casos, en claro incumplimiento de las obligaciones urbanísticas por los propietarios de las parcelas. La existencia de estas viviendas tiene incidencia sobre el entorno: el evidente deterioro del paisaje que generan, el vertido de aguas residuales sin control ni tratamiento al subsuelo con afección a los acuíferos subterráneos, la eliminación de especies vegetales de mayor o menor valor, el fraccionamiento de hábitats, …Los impactos además de ambientales también son económicos, sobre todo en relación al coste de los servicios antes comentados para la administración pública. Este problema constituye una anomalía ambiental y urbanística, derivada del levantamiento de edificaciones surgidas al margen del planeamiento, a la que las sucesivas legislaciones urbanísticas han pretendido dar una solución sin éxito.
La Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana y desarrollada posteriormente en la Ley 1/2019, de 5 de febrero regula de forma novedosa el procedimiento para la minimización del impacto ambiental que generan las viviendas construidas irregularmente en suelo no urbanizable prevista.
La casuística que se genera es inmensa y, por lo tanto, se ha considerado necesario ayudar a su interpretación para la puesta en funcionamiento de los procedimientos. Con la Guía orientativa para la minimización del impacto territorial: Regularización de viviendas en suelo no urbanizable se pretende aconsejar criterios orientativos que ayuden a las administraciones, propietarios y propietarias afectados y profesionales a adoptar soluciones prácticas que permitan reducir drásticamente el impacto de estas viviendas en nuestro territorio.
La LOTUP de 2019 ofrece a los ayuntamientos y a los propietarios un instrumento que, a cambio de propiciar la regularización de viviendas, va a exigir que cesen los vertidos ilegales al subsuelo a través de pozos negros absorbentes que contaminan nuestros acuíferos, que se integren con el paisaje rural o que adopten medidas para mitigar los peligros que el reto del cambio climático nos impone, tales como las inundaciones o incendios.
La LOTUP también pretende, a través de la Disposición Transitoria 15ª, la regularización de aquellas actividades industriales y productivas que se encuentran de forma irregular en suelo no urbanizable. La utilización de la Declaración de Interés Comunitario extraordinaria, como última oportunidad, para la obtención de licencias que regularicen su situación.