La CNMC recurre el Decreto que regula los apartamentos y viviendas de uso turístico que impide que las viviendas de uso turístico puedan contratarse por menos de cinco días
La CNMC ha acordado interponer recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 79/2004, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid.
El recurso de la CNMC se dirige contra el artículo 17.3 del Decreto de la Comunidad de Madrid, a tenor del cual las viviendas de uso turístico no podrán contratarse por un período inferior a cinco días.
En opinión de la CNMC, dicha previsión crea un obstáculo a la competencia efectiva en los mercados, en los términos del referido artículo 5.4 de la Ley 3/2013, por cuanto restringe la capacidad de elección del consumidor (eliminando del mercado a cierto tipo de operadores que no superen esos requisitos mínimos) o bien eleva los costes de los operadores, lo que se verá reflejado en el precio que los consumidores deberán pagar por el alojamiento.
En definitiva, la CNMC llega a la conclusión de que la medida no está justificada en términos de necesidad y proporcionalidad y producirá una restricción grave para la competencia en este mercado, además de perjuicios a los consumidores; por todo lo cual, debe ser eliminada.