Representantes de los profesionales, de los alumnos, y directores de Escuelas Universitarias se reunieron el 12 de marzo en el COGITI con objeto de analizar el informe elaborado por la “comisión de expertos para la reforma del Sistema Universitario español”, en concreto la parte correspondiente a la formación académica de las Ingenierías.
La respuesta unánime de las tres organizaciones (COGITI, AERRAAITI -Asociación de Representantes de Alumnos de Ingeniería Técnica Industrial- y la Conferencia de Directores de Escuelas Universitarias de ITIs) fue la de “rechazo total de los argumentos esgrimidos en el informe, que distan mucho de la realidad existente en los diferentes ámbitos internacionales, y que de llevarse a cabo nos retrotraería a tiempos pasados, alejados de la competitividad que necesitan nuestros Ingenieros”, señalaron.
En España, según explican desde el Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial, en el ámbito de las Ingenierías, y hasta el momento actual, existen dos profesiones reguladas, la de Ingeniero Técnico y la de Ingeniero, y se accede a ellas a través de las titulaciones de Graduado en Ingeniería y Máster en Ingeniería respectivamente; y todo ello cumpliendo con las órdenes ministeriales CIN, que fijan tanto los contenidos como las competencias que son necesarias adquirir.
Según explica José Antonio Galdón Ruiz, presidente del COGITI, “este informe nos sitúa en la dirección opuesta de la tendencia europea y mundial, y dinamita el proceso de aprendizaje a lo largo de la vida. Lo que se pretende es pervertir el sistema, de forma que sean los master los que den acceso a la profesión, lo que va en total oposición de la legislación existente al respecto, pero además dinamita las bases de lo que significa el proceso de Bolonia, y la tendencia Comunitaria de homogeneizar la profesión de Ingeniero, tomando como base el Graduado”. Una opinión compartida también por el presidente de la AERRAAITI, Javier Muñoz, al considerar que “el espíritu de Bolonia refleja que el Grado ha de ser suficiente para el ejercicio profesional”.
En ningún país europeo, ni del mundo, existe la Ingeniería Técnica como profesión, y sólo existe la Ingeniería, a la cual se accede desde titulaciones desde 3 a 5 años de formación universitaria, siendo la más extendida la de 4 años de duración (EEUU, Reino Unido, Canadá …).
Plan Bolonia
La reforma de Bolonia supuso la implantación de las titulaciones de Grado de ámbito generalista y de acceso directo al mundo profesional, y los Master se dejaban para la especialización, enfocados a la investigación como paso previo al doctorado.
“Es un contrasentido que en un informe que busca la eficiencia del sistema, o por lo menos así se titula, se pretenda alargar la estancia de los estudiantes en la Universidad para el acceso a la profesión de Ingeniero y se desvirtúe la titulación de Graduado, relegándolo a una profesión secundaria que nos deja en inferioridad respecto a los Ingenieros de la mayoría de países”, indican.
“No podemos entender que mientras que en Europa se fijan los objetivos de movilidad, empleabilidad y competitividad, basados en el desarrollo profesional continuo (experiencia y formación), en nuestro país, donde deberíamos aplicar con mayor rigor estos principios, nos refugiemos en un academicismo propio de otra época y consideremos como paradigma del ejercicio profesional, única y exclusivamente las titulaciones académicas”, añaden.
Para el Director de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería del Diseño de la Universidad Politécnica de Valencia, Enrique Ballester, “el Master integrado propuesto por la comisión de expertos va en contra de la legislación actual”. Por su parte, el Director de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Sevilla, Jorge J. López Vázquez, destacó que “en nuestro país, al igual que sucede en otros países como EEUU, con cuatro años de estudio formamos a ingenieros perfectamente capacitados para ejercer su profesión”.
Todos ellos coinciden en señalar que “de nada sirve reformar el sistema Universitario y sus titulaciones, si no se hace de forma coordinada con las profesiones y el ejercicio profesional, y ese ha sido el gran problema de la reforma del EEES implantada en España, de tal manera que se ha cambiado todo para seguir igual, y en el caso de las Ingenierías la incongruencia resulta aún mayor”.
Legislación actual
En este sentido, se han modificado y definido los nuevos niveles de Educación Superior, se han creado nuevas titulaciones y planes de estudio, y todo ello para mantener al final el actual status quo de las profesiones, e incumplir de esta forma lo reflejado en la legislación al respecto (art.9.1. del R.D. 1393/2007 Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales), donde se indica que “las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional”.
En cuanto a las “Enseñanzas de Master”, el art.10.1. del R.D. 1393/2007 Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, señala que “las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras”.
Según el citado informe de la comisión de expertos, en las Ingenierías, y para poder mantener el actual status en la profesión de Ingeniero, se crea un Máster generalista para cada una de las ramas de Ingeniería, y se aleja de la especialización académica o profesional, y más aún del inicio de las tareas investigadoras.
En este informe, además, y para desmontar por completo la legislación actual, ya se habla de “máster integrado”, y de que sea el único requisito para el ejercicio de la profesión, degradando de esta forma el título de Graduado.
Por último, en el art.16.1. del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, consta que “para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster”.
Por ello, los representantes de los tres ámbitos afectados reunidos, concluyen que “en la parte del informe de los expertos donde se habla de la recomendación de realizar un Master integrado, sin necesidad de tener un título universitario previo, en este caso el Grado, es donde se pervierte realmente el Espacio Europeo de Educación Superior, y obvia el primero de los niveles universitarios para saltar de forma directa al segundo, lo cual ya ha sido declarado ilegal por la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 30-10-2012, referente al recurso contencioso administrativo 3391/2011”.