Código Técnico de la Edificación

El Ministerio de Fomento informa que, con carácter previo a la elaboración del borrador del Código Técnico de la Edificación (CTE), se inicia una consulta pública a través de su portal web

La consulta pública sobre el proyecto de Real Decreto para la modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente más afectados por la futura norma.

Se pretende adaptar el Código Técnico de la Edificación a lo dispuesto en los artículos 8.2, 8.3 y 8.5 de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa la eficiencia energética, que establecen las condiciones para desarrollar las infraestructuras mínimas necesarias para la recarga inteligente de los vehículos eléctricos en los aparcamientos de los edificios. Se pretende la modificación de la Parte I del Código Técnico de la Edificación para incluir la exigencia básica de dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga del vehículo eléctrico, así como la modificación del Documento Básico DB-HE «Ahorro de energía» incluido en la Parte II del Código Técnico de la Edificación, incorporando, por un lado, una nueva sección en la que se desarrollen los requisitos técnicos que deberán cumplir los edificios para satisfacer esta nueva exigencia, tomando como base los requisitos establecidos en la Directiva que se pretende adaptar y en la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 y por otro lado, modificando el ámbito de aplicación de la exigencia relativa a la Sección HE5 Generación mínima de energía eléctrica, incluyendo dentro del mismo, los edificios residenciales.

Asimismo, se pretende impulsar el empleo de energía procedente de fuentes renovables mediante la potenciación del autoconsumo eléctrico, ya que una mayor utilización de fuentes renovables permitirá avanzar en la senda marcada desde Europa hacia la reducción de gases de efecto invernadero en la Unión, así como hacia la disminución de la dependencia energética de esta. La aprobación el pasado 5 de abril del RD 244/2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica ha habilitado, entre otros aspectos, el autoconsumo colectivo, y al mismo tiempo ha reducido los trámites administrativos. Por lo que, se considera que el marco jurídico actual permite la ampliación del ámbito de aplicación la citada exigencia la exigencia relativa a la Sección HE5 Generación mínima de energía eléctrica, incluyendo dentro del mismo, los edificios residenciales.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que lo consideren conveniente pueden hacer llegar sus observaciones sobre la iniciativa sometida a consulta hasta el día 14 de junio de 2019, a través del correspondiente formulario.

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