Técnicos de la EMVS han recibido formación específica para ofrecer este servicio a las viviendas inscritas en el Servicio Municipal de Alquiler

De momento, la posibilidad de tramitar el certificado energético se ofrece únicamente a las viviendas inscritas en el Servicio Municipal de Alquiler, incrementando así los servicios prestados a los propietarios

Los propietarios de las viviendas inscritas en el Servicio Municipal de Alquiler (SMA) cuentan con un nuevo servicio a su disposición. A partir del 1 de junio, con la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, es obligatoria la obtención del Certificado de Eficiencia Energética para todas las viviendas que se vayan a vender o a alquilar a partir de esa fecha. Por este motivo, la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS), se ha anticipado y ha puesto en marcha un servicio propio de certificación para todas las viviendas inscritas en el SMA.

eficiencia energética en edificios 6Para ello, técnicos de la EMVS han recibido formación específica que les permitirá extender este certificado, que tendrá una vigencia de diez años, y que asignará a cada vivienda una clase energética de eficiencia, que varía desde la clase A-verde, para los energéticamente más eficientes, a la clase G-roja, para los menos eficientes.

Este nuevo servicio se suma a los que la EMVS ya ofrece a los propietarios que tienen su vivienda inscrita en el SMA, aunque si en este momento la vivienda está alquilada, no es necesario el certificado hasta que no se vaya a formalizar el próximo contrato de arrendamiento.

Las solicitudes pueden realizarse a través de la página web www.emvs.es, estará disponible en cinco días una vez los técnicos visiten la vivienda, y tendrá un precio de 181,5 euros, IVA incluido.

Conforme a los requerimientos del Real Decreto, el nuevo servicio comprende el desplazamiento y la visita a la vivienda del técnico, toma de datos y mediciones precisas del inmueble y especialmente de su envolvente (con identificación y definición de puentes térmicos), identificación de las instalaciones térmicas (equipos de climatización y agua caliente sanitaria), realización de fotografías justificativas, análisis mediante programa informático homologado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo; y propuesta y descripción de medidas correctoras de mejora térmica.

Una vez se hayan valorado todos estos elementos, se emitirá el informe del certificado de eficiencia energética de la vivienda donde se expresa la calificación energética obtenida.

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