Se ha publicado en el BOPV el Decreto 5/2018, de 16 de enero, de procedimiento de gestión de las inspecciones periódicas de instalaciones y equipos sometidos a reglamentación de seguridad industrial
Este Decreto tiene por objeto establecer el procedimiento para la gestión de las inspecciones periódicas a las que preceptivamente, conforme a la reglamentación de seguridad industrial, deben someterse las instalaciones y equipos comprendidos en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La administración industrial viene obligada a supervisar el adecuado funcionamiento de las instalaciones, aparatos, equipos y productos industriales, mediante la exigencia a sus titulares y a los agentes intervinientes sobre los mismos de la observancia de sus respectivas obligaciones, entre las cuales se encuentra el acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas de seguridad industrial que hayan sido establecidas reglamentariamente.
A los efectos de facilitar tanto el control de la Administración sobre las actuaciones desarrolladas, así como la propia labor de los organismos de control y las o los agentes inspectores habilitados, y atendiendo a los criterios establecidos por la propia Ley de Industria en su artículo 24, el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras ha habilitado una aplicación informática de gestión de las inspecciones periódicas. El organismo de control, o agente inspector habilitado, incorporarán los datos de las inspecciones periódicas que realicen a la aplicación informática habilitada al efecto por el Departamento competente en materia de industria del Gobierno Vasco. La incorporación de los datos requerirá el uso de certificado digital reconocido.