Se ha publicado la Resolución de 12 de junio de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifican los Anexos III, IV y V de la Orden de 9 de diciembre de 2014, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces

Con fecha 16 de diciembre de 2014 fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 9 de diciembre de 2014, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces. Como Anexos de la citada Orden se incluyen, entre otros, los Anexos III “Certificado de exención de emisión del Certificado Energético Andaluz”, IV “Certificado Energético Andaluz de Edificios” y V “Certificado Energético Andaluz de Edificios (segregado del Anexo VI del Decreto 169/2011, de 31 de mayo)”. Ahora se han modificado los Anexos III, IV y V de la Orden de 9 de diciembre de 2014, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces. Consulta los cambios aquí.

Registro Andaluz de Certificados Energéticos

A partir del 1 de junio de 2013, cada vivienda o edificio existente que sea sometido a venta o alquiler de más de cuatro meses de duración, tiene que poseer un certificado de eficiencia energética.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, el certificado será presentado en el Registro Andaluz de Certificados Energéticos, en el que podrán inscribirse tanto el certificado energético andaluz previsto en el Decreto 169/2011, como los certificados de eficiencia energética que se emitan en base al Real Decreto 235/2013, y se podrá acceder a efectos de inscripción de los certificados emitidos, a través de la dirección de Internet de esta Consejería, a la que se podrá acceder también desde el portal de la Administración de la Junta de Andalucía, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Registro de Certificados Energéticos Andaluces emite la etiqueta de eficiencia energética para edificios existentes, incorporando los datos facilitados por el certificador. Tanto para la nuevas inscripciones como para las modificaciones o renovaciones de dichos edificios existentes.

Plazos atendiendo a las diferentes solicitudes:

  • El certificado energético andaluz del proyecto del edificio o de la instalación debe solicitarse en el mes siguiente a la notificación de la correspondiente licencia de obras.
  • La solicitud de inscripción de la actualización voluntaria del certificado así como la corrección de los datos inscritos en el Registro podrá solicitarse en cualquier momento.
  • La actualización obligatoria del certificado podrá realizarse en el plazo de un mes a contar desde que se produzcan los hechos que dan lugar a dicha actualización.
  • La solicitud de inscripción de la renovación del certificado energético deberá realizarse antes de su fecha de caducidad.
  • El certificado de eficiencia energética de edificio existente podrá solicitarse en un mes a contar desde el día siguiente al de la emisión del certificado.
  • El certificado energético andaluz del edificio terminado tendrá un plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de la correspondiente licencia de primera ocupación.
  • El certificado energético andaluz de la instalación en funcionamiento será de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la correspondiente licencia de actividad.
  • En el caso de baja de la inscripción se podrá solicitar en el mes siguiente a que se produjeran los hechos que dan lugar a la solicitud.

Ah, hola 👋
Un placer conocerte.

Regístrate para recibir contenido genial en tu bandeja de entrada.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies