Se ha publicado en el BOE la Resolución por la que se registra y publica el Acta sobre aclaración del V Convenio colectivo general del sector de la construcción

ACTA DE LA REUNIÓN 2/2012 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL ARTÍCULO 108 DEL CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

En representación laboral: FECOMA-CC.OO., don José Luis López Pérez. MCA-UGT, don Juan Carlos Barrero Mancha y doña Ana García de la Torre.
En representación empresarial: CNC, don Pedro C. Fernández Alén (Secretario), don Francisco Carmona Castejón, doña María José Leguina Leguina, don Francisco Ruano Tellaeche y don Francisco Santos Martín.

En Madrid, a tres de diciembre de dos mil doce, en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), se reúnen los señores que se relacionan al anteriormente.

Se comienza con el estudio de los diferentes puntos del Orden del día:
Punto único. Aclaración de la Comisión Paritaria del Convenio acerca de lo dispuesto en el artículo 138 b) del V Convenio General del Sector de la Construcción en torno a la formación del primer ciclo y del segundo ciclo.

Ante algunas dudas planteadas acerca de la convivencia de la formación inicial de 8 horas y la formación por puesto de trabajo u oficio, así como del contenido concreto de esta última, la Comisión Paritaria del Convenio considera conveniente realizar alguna aclaración al respecto.

El V Convenio General del Sector de la Construcción incluyó un artículo 138.b) del
siguiente tenor literal: «b) El segundo ciclo deberá de trasmitir además de la formación inicial, conocimientos y normas específicas en relación con el puesto de trabajo o el oficio.»

Con esta redacción las partes firmantes del V Convenio General del Sector de la Construcción han aclarado que la formación por puesto de trabajo u oficio de 20 horas incluye también la formación de Aula Permanente o de 8 horas.

Sin embargo y en todo caso la formación inicial continúa siendo eficaz y válida para la
obtención de la TPC.

Además esta Comisión no considera necesario que se deban reconfigurar los contenidos formativos sino tener presente –con los contenidos que ya refleja el V CGSC– que la formación de 8 horas está en la estructura ya determinada de las 20 horas.

Y no habiendo más asuntos que tratar, previa redacción y aprobación, por unanimidad, de la presente acta, firman la misma una persona por cada una de las respectivas organizaciones, en el lugar y fecha al principio citados.

Ah, hola 👋
Un placer conocerte.

Regístrate para recibir contenido genial en tu bandeja de entrada.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies