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El Gobierno de Navarra ha aprobado un decreto foral por el que se crea el Registro de Agentes Inmobiliarios de Navarra y regula su funcionamiento

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy la creación del registro cuyo objeto principal es contribuir a un mejor funcionamiento del mercado, y a que dicho mercado sea fiable y transparente, protegiendo al consumidor, y distinguiendo o reconociendo a los buenos profesionales.

Cabe recordar que desde el año 2000 (Real Decreto Ley 4/2000, y la posterior Ley 10/2003, de liberalización del sector inmobiliario), no es necesario ni tener una titulación superior (o de ningún otro tipo) ni un domicilio físico concreto, ni contar con un seguro de responsabilidad civil. Es decir, no se exige ningún requisito para intermediar en el mercado inmobiliario.

Según recalca el Gobierno, la liberalización de un mercado consiste en la remoción de obstáculos a la libre concurrencia de ofertas y demandas, para la formación de mejores precios de adquisición y reducción de costes de gestión. Ese objetivo no se logra abriendo el mercado a cualquier operador, sino permitiendo al ciudadano una mayor libertad de elección con el mismo grado de seguridad jurídica y económica. Por ello, el Gobierno de Navarra ha optado por una intervención garantista. La creación del Registro de Agentes Inmobiliarios de Navarra tiene el propósito de generar una mayor confianza entre la ciudadanía, favoreciendo la transparencia y garantizando una mayor protección de los consumidores y consumidoras en la adquisición de una vivienda, que en muchos casos supone la mayor inversión de sus vidas.

El contenido

El texto presentado regula en 17 artículos el objeto, fines y funcionamiento del Registro, que se articula como un registro voluntario, de carácter público y gratuito, de naturaleza administrativa, y que será accesible en el sitio web informativo en materia de vivienda en Navarra: www.vivienda.navarra.es.

Igualmente, regula el procedimiento y los requisitos de los agentes inmobiliarios para poder solicitar su inscripción. Requisitos o exigencias mínimas en materia de ubicación (será necesario disponer de una dirección física en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra), capacitación profesional (experiencia mínima, titulación, formación), solvencia (existencia de garantía y póliza de seguros de responsabilidad civil) y buen hacer profesional.

Los y las profesionales que cumplan tales requisitos podrán hacer uso de un logo y una placa que les distinguirá como inscritos en el Registro de Agentes Inmobiliarios de Navarra.

El decreto aprobado ha contado en su elaboración con el apoyo y trabajo del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Navarra, así como de las principales asociaciones de inmobiliarias de Navarra, suponiendo la creación del Registro de Agentes Inmobiliarios de Navarra la satisfacción de una de sus principales demandas profesionales.

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