La alcaldesa de Madrid, Ana Botella, ha remitido una carta al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para solicitar que se modifique la Ley de Haciendas Locales en el apartado de los cambios de titularidad catastral y el pago de la plusvalía municipal en las ejecuciones hipotecarias, para que sean los bancos los que se hagan cargo de esos desembolsos, como medida protectora de las personas con una situación económica vulnerable

Botella insta al Gobierno central a que cambie la normativa actual que establece que cuando se produce una ejecución de estas características, es el desahuciado quien está obligado al pago de la plusvalía municipal.

Plusvalía

La propuesta que plantea el Ayuntamiento se limita a la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual, por ser el bien constitucionalmente protegido. Esto no significa que la operación quede sin tributar por completo, lo que se conseguiría con esta propuesta sería demorar el pago del impuesto hasta la posterior transmisión, en la que se entenderá que el número de años a lo largo de los cuales se ha puesto de manifiesto el incremento de valor no se ha interrumpido por causa de la transmisión derivada del desahucio.

En definitiva, el número de años de posesión que se tendría en cuenta para la siguiente transmisión (que sería realizada no por la persona desahuciada, lógicamente, sino por el que adquiere el inmueble en dicho proceso, que en la mayoría de los casos es la entidad financiera titular del crédito hipotecario) no se contaría de nuevo. Resumiendo, la plusvalía municipal de la persona desahuciada finalmente sería abonada por la entidad financiera en el momento de la posterior transmisión del inmueble.

La incidencia de esta medida sería prácticamente inapreciable en el presupuesto municipal: primero, porque dado su carácter extraordinario, no se recogen en las previsiones de ingresos que por este impuesto se consignan en los Presupuestos municipales; y segundo, porque las probabilidades de éxito en el cobro de este tipo de contribuyentes es prácticamente inexistente.

IBI y basuras

Desde el Ayuntamiento también se está trabajando con la Administración Central para que los cambios de titularidad catastral derivados de ejecuciones hipotecarias se realicen lo más rápido posible y evitar cobros indebidos a estas personas del Impuesto de Bienes  Inmuebles y la Tasa de Basuras.

El Ayuntamiento de Madrid asumió por delegación las competencias en la realización de los cambios de titularidad catastral de conformidad con las funciones delegadas en materia de gestión catastral por el Convenio suscrito el día 19 de octubre de 2004 entre el Ayuntamiento de Madrid y la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos (Dirección General del Catastro).

En el Ayuntamiento de Madrid, la información de estos desahucios y cambios de titularidad de inmuebles se recibe de dos maneras diferentes: unas veces son las entidades financieras las que aportan la información y la documentación necesaria para tramitar el cambio de titularidad catastral; sin embargo, en muchas otras ocasiones la información obtenida es facilitada por los interesados procediendo el Ayuntamiento a corregir la titularidad catastral correspondiente y, en su caso, a la devolución del impuesto abonado indebidamente por el antiguo propietario.

Fuera de estos casos, el Ayuntamiento desconoce estos cambios de titularidad catastral, por lo que el IBI y la Tasa de Basuras se remiten al titular que consta en la base de datos catastral, de ahí el requerimiento de acelerar el cambio de titularidad.

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