El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha publicado una nota informativa en la que indica que las nuevas versiones de los programas para la certificación, HUCL, CERMA CE3X y CE3, serán de obligada utilización para todas las certificaciones a partir del día14 de enero de 2016

La necesaria convergencia de la certificación energética con el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), ambos actualizados en el año 2013, obliga a la revisión del procedimiento utilizado para la calificación de la eficiencia energética del edificio. Asimismo, se ha considerado necesario definir un marco más flexible que permita adecuar la certificación al permanente avance técnico e innovación que se produce en el sector de la edificación en relación con la eficiencia energética.

Los cambios más significativos introducidos en el procedimiento de certificación son los siguientes:

  • Indicador de consumo de energía Se ha adoptado como indicador de consumo en la certificación, el de consumo de energía primaria no renovable, en correspondencia con la sección HE 0 del DB HE, conforme a lo establecido en la Directiva 2010/31/UE.
  • Datos climáticos y escalas de calificación Los datos climáticos utilizados para la certificación se han unificado con los definidos en el DB HE para las diferentes zonas climáticas. Asimismo, se han corregido convenientemente las escalas para adaptarlas a los nuevos climas, manteniendo los criterios establecidos anteriormente para la fijación de los límites de las diferentes clases.
  • Factores de paso Se han implementado en el procedimiento de certificación los factores de paso actualizados establecidos en el Documento Reconocido del RITE, “Factores de emisión de CO2 y coeficientes de paso a energía primaria de diferentes fuentes de energía final consumidas en el sector de edificios de España.”
  • Sistemas de sustitución Las características técnicas de los sistemas de sustitución se han modificado para adecuarlas a las exigencias reglamentarias establecidas en el RITE.
  • Niveles de ventilación en edificios de viviendas Se han definido niveles de ventilación más acordes con las condiciones reales de uso de los edificios de viviendas.

La implementación de estos cambios, puede suponer una variación en el resultado obtenido al realizar la calificación energética de un mismo edificio con la versión antigua de los programas y con la nueva .

Asimismo, para facilitar el tratamiento estadístico de los datos incluidos en los certificados, los nuevos programas generan un archivo digital en formato XML, que contiene todos los datos del certificado y que formará parte de la documentación a presentar en el momento del registro, tal y como se recoge en el Articulo 4, apartado a), 4º, de la Orden de 20/05/2014, de la D.G. Industria, Energía y Minería Consejería de Economía, Empresas y Empleo Avda. Rio Estenilla s/n, 45071 Toledo Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo.

Para la entrada en vigor de estos cambios se sigue el siguiente proceso escalonado:

  • Publicación de la nueva versión de los programas en las páginas web del Ministerio de Industria, Energia y Turismo y del CTE, en el siguiente enlace: http://www.minetur.gob.es/ENERGIA/DESARROLLO/EFICIENCIAENERGETICA/CERTIFICACIONENERGETICA/DOCUMENTOSRECONOCIDOS/Paginas/documentosrecon ocidos.aspx
  • A partir del 14 de enero de 2016 el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha, solo admitirá certificados generados con las nuevas versiones de los programas reconocidos. Hasta esa fecha, se aceptarán únicamente los certificados generados por las versiones antiguas de los programas reconocidos.

Los certificados en vigor el día 14 de enero de 2016 no necesitan ser actualizados hasta que no finalice su periodo de validez o se modifique alguna de las características del edificio que incida sobre la certificación. No obstante, si así se desea, se podrá volver a emitir un nuevo certificado acorde al nuevo procedimiento, sustituyendo al anterior, antes de la finalización del periodo de validez del mismo.

Las nuevas versiones de los programas son compatibles con los archivos digitales generados por las versiones antiguas, requiriendo sólo la actualización de algunos datos.

Ah, hola 👋
Un placer conocerte.

Regístrate para recibir contenido genial en tu bandeja de entrada.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies