El pasado 14 de febrero el Ayuntamiento de Madrid se adhirió al Fondo Social de viviendas de alquiler.
El Ayuntamiento de Madrid facilitará a las entidades de crédito que lo requieran los informes de los Servicios Sociales de Atención Primaria de las familias solicitantes de estas viviendas.
Las entidades de crédito solicitarán estos informes a la Dirección General de Igualdad de Oportunidades a través del correo electrónico dgigualdadoport@madrid.es
En la solicitud deberán mencionar expresamente que las familias solicitantes cumplen los requisitos a y b de la cláusula tercera del Convenio de Condiciones para acceder a las viviendas en alquiler:
- Requisito a) Que el desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución, por impago de un préstamo hipotecario, iniciada por la misma entidad de crédito que constituye el fondo social de viviendas.
- Requisito b) Que el desalojo se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008.
La ciudadanía interesada en acceder a una vivienda del Fondo Social de Viviendas en alquiler deberán seguir el siguiente procedimiento:
- Acudir a la misma entidad bancaria que ha iniciado la demanda de ejecución y desalojo de la vivienda, por impago de un préstamo hipotecario. La entidad bancaria, una vez comprobados los requisitos previos relativos al desalojo, solicitará Informe Social a los Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento.
- Preparar documentación que justifique la situación laboral y familiar de acuerdo a los Requisitos que se recogen en el enlace.
- Esperar a ser citado por el Centro de Servicios Sociales que le corresponda, para aportar la documentación acreditativa de su situación laboral y familiar.
- Una vez emitido el informe social pertinente por el Centro de Servicios Sociales, conforme a los datos recabados, será remitido desde la Administración municipal a la entidad bancaria que lo haya requerido.