Baleares aprueba el proyecto de la Ley de ordenación y el uso del suelo (Lous)

Los ejes vertebradores de esta ley son la simplificación y racionalización del planeamiento, la gestión y la disciplina urbanística, con el objetivo de facilitar determinadas actuaciones que permite la norma, pero también de ser más contundente con las actuaciones ilegales.

La Ley pretende hacer una regulación integral de la actividad urbanística, por lo que regula, entre otros aspectos, el régimen jurídico del suelo, los planes urbanísticos, la ejecución de las nuevas urbanizaciones y las actuaciones en zonas urbanas, las obras de edificación y el régimen de infracciones y sanciones.

Queda fuera del ámbito de la Ley la regulación de los usos y las actividades en el suelo rústico, que ya tienen una normativa específica autonómica y una regulación precisa a través de los planes territoriales.

 Cabe destacar que, con esta ley, por primera vez se fija una regulación integral de la normativa urbanística en las Islas Baleares, la única comunidad autónoma que no disponía de una norma marco en esta materia. En este sentido, la Lous sustituye una docena de normas dispersas e incorpora normativa más reciente, como la Ley estatal 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, o la Ley 7/2012 de medidas urgentes para el desarrollo urbanístico sostenible.

Según el Gobierno balear, el espíritu de la Ley es ser una norma marco que respete las competencias normativas, con rango de reglamento, los consejos insulares. Por ello, con carácter general, la Ley da a los consejos insulares la posibilidad de desarrollar reglamentariamente las cuestiones que pueden ser objeto de puntos de vista divergentes.

También tiene un marcado carácter municipalista, dando a los municipios de más de 10.000 habitantes la posibilidad de aprobar definitivamente los planes parciales y especiales, así como modificaciones no estructurales de los planes generales. En el resto de casos, la aprobación del planeamiento corresponde a los consejos insulares, excepto en el caso de Palma, que se rige por la Ley de capitalidad.

Uno de los principales ejes de la Ley es que prioriza las actuaciones de regeneración y renovación urbanas en detrimento de aquellas otras que pretenden la transformación de suelo rústico en urbano. En este sentido, se consolida la contención del crecimiento del suelo urbanizado establecido en la Ley 6/1999, que aprobó las Directrices de Ordenación del Territorio, las DOT, y que fue el inicio de un modelo de contención del crecimiento que ha ido concretándose en los diferentes planes territoriales de cada isla.

En materia de construcción y edificación, lo que sí recoge el texto aprobado por el Gobierno se la agilización de la tramitación de licencias de obra previendo que los ayuntamientos puedan sustituir la licencia urbanística por una comunicación previa para las obras menores, quedando fuera de esta posibilidad determinados casos como las obras en suelo rústico protegido o cuando se trate de nuevas edificaciones.

También se regula por primera vez por ley la inspección técnica de edificios (ITE), fijándose un régimen básico a desarrollar por los ayuntamientos, así como un régimen sancionador para los que incumplan la obligación de pasar la ITE.

Con respecto al régimen sancionador, se mejora respecto de la regulación actual, no sólo en aspectos técnicos, sino también endureciendo las sanciones. Además, se amplía la responsabilidad por infracciones a aquellas personas que hayan podido cooperar con el infractor o hacer posible la comisión de la infracción (promotores, técnicos, funcionarios, autoridades …).

También se da más competencias a los consejos para intervenir en el suelo rústico. Así, cuando se trate de obras sin licencia en suelo rústico, los consejos pueden ordenar la suspensión inmediata de las obras sin tener que requerirlo antes en el ayuntamiento.

Finalmente, la Ley incluye un procedimiento para la incorporación a la ordenación de aquellas edificaciones en suelo rústico que, a pesar de su situación irregular, la administración ya no puede actuar en contra de ellas. Se trata de un procedimiento reclamado por muchas administraciones locales y por entidades representativas, cuya activación quedará en manos de cada consejo. Así, durante tres años desde su activación, se permitiría regularizar edificaciones sujetas a usos que no requieren interés general (básicamente usos agrarios y viviendas) a través de un procedimiento municipal y pagando, además de los gastos ordinarios, una prestación entre el 15% y el 25% del coste de ejecución material en función del año en que se legalicen. No pueden acogerse a esta medida las edificaciones que se realizaron en suelo protegido y aquellas que se encuentran en áreas protegidas por la Ley de espacios naturales (LEN), deberán acreditar su existencia antes de marzo de 1991.

Desde el inicio del proceso de elaboración de este proyecto de ley se ha pretendido que la sociedad civil, las administraciones públicas y los diferentes partidos aporten propuestas para que sea una ley con el mayor consenso posible y, sobre todo, que resuelva problemas que se ‘arrastran desde hace años. Por ello, desde el pasado mes de febrero, el Gobierno ha mantenido reuniones con todos los agentes implicados para presentarles el borrador y explicarles los pilares básicos de la ley. Durante este periodo, la Dirección General de Territorio ha recibido aportaciones procedentes de diferentes asociaciones, colegios profesionales, partidos políticos, otras administraciones públicas y particulares, muchas de las cuales se han incorporado al proyecto que se remitirá al Parlamento para su tramitación y su posterior aprobación, prevista para comienzos de 2014. Desde el punto de vista formal, el proyecto elaborado por el Gobierno contiene 9 títulos, con 193 artículos, 10 disposiciones adicionales, 10 transitorias, una derogatoria y 4 finales.

Ah, hola 👋
Un placer conocerte.

Regístrate para recibir contenido genial en tu bandeja de entrada.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies