Por primera vez, el Gobierno de Aragón regula las características y las exigencias del cumplimiento de servicios de estos alojamientos

Paralelamente, la Dirección General de Turismo está elaborando la normativa de las viviendas particulares para uso turístico

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que contempla las características y las exigencias que deben cumplir los apartamentos y las viviendas turísticas de la Comunidad Autónoma. Se trata de la primera medida aprobada para el sector de alojamientos reglados (apartamentos, bloques, estudios…) que de forma similar, tienen los hoteles, campings, casas rurales, etc.
Paralelamente, el Departamento de Economía y Empleo competente en la materia, está trabajando en una normativa que regule los arrendamientos de las viviendas de particulares para uso turístico, que nada tiene que ver con los apartamentos turísticos en la modalidad de bloques o conjuntos, con instalaciones y servicios, con categorías en llaves, etc., regulados por el nuevo decreto que ahora se aprueba.
 
Características del nuevo reglamento
Se estructura en seis capítulos en los que se abordan todos los conceptos  imprescindibles en materia de apartamentos turísticos, así como  de su ámbito de aplicación. Por otro lado, regula las características generales de los alojamientos, tanto la capacidad y composición de los apartamentos turísticos. Además del cumplimiento de los requisitos técnicos y obligaciones  legales, de los requisitos específicos.
Establece las normas en cuanto a la prestación de servicios en los apartamentos, entre las que destaca el uso y disfrute del alojamiento, la recepción, los servicios mínimos y complementarios, los precios y las reservas o las normas de régimen interior.
Contempla las cuatro categorías de los apartamentos turísticos, con su correspondiente pictograma y la placa de identificación. La clasificación se condiciona  al respeto de los requisitos técnicos, obligaciones legales y características de los alojamientos
Contará con un período transitorio para los apartamentos turísticos inscritos en el Registro de Turismo de Aragón antes de la entrada en vigor del Decreto. Contarán con un plazo de cinco años, a contar desde la fecha de entrada en vigor del mismo, para su adaptación al Reglamento.
 
Viviendas de particulares para uso turístico
Por lo que se refiere a la regulación de viviendas particulares para uso turístico, Aragón va a ser la  pionera en esta materia, ya que lidera la Mesa de apartamentos y viviendas turísticas en Turespaña. Este reglamento va a servir de guía a otras comunidades autónomas. Será la primera comunidad que lo hace desde que el Senado sacara a estas viviendas particulares de la Ley de Arrendamientos urbanos.

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