La Ordenanza de Inspecciones Técnicas de Edificios y Construcciones de Marbella inicia su exposición pública hasta el 8 de abril de 2013, tras ser publicado el anuncio de su aprobación inicial en el BOPMA del 08/03/2013
Marbella pretende regular mediante la Ordenanza ITE una inspección técnica periódica que asegure el buen estado y debida conservación de las edificaciones ubicadas en Suelo Urbano y con destino preferentemente residencial, que cuenten con una antigüedad superior a 50 años a la entrada en vigor de la misma.
La Ordenanza de Inspecciones Técnicas de Edificios y Construcciones de Marbella se articula como un mecanismo ágil para llevar a cabo las llamadas ITE. Siendo imprescindible, a fin de garantizar el buen funcionamiento y cumplimiento de este régimen de inspección de edificación, la colaboración y participación directa de los distintos agentes sociales, y en particular los colegios profesionales, ya que ellos, a través de sus técnicos y previa petición del propietario del edificio, van a ser quienes lleven a la práctica la inspección de la edificación y de diagnóstico del estado de las mismas.
El informe de inspección técnica va a permitir el conocimiento del estado de la edificación de forma puntual y la corrección de cuantas deficiencias afecten al deber de conservación, subsanándose éstas de forma periódica y continuada y evitando con ello, en un momento determinado, la situación ruinosa de la edificación.
Uno de los aspectos a destacar es el Registro de Inspección Técnica de Edificaciones y Construcciones, que va a permitir a la Administración y al particular, dado el carácter público del mismo, conocer el estado de la edificación en la ciudad, posibilitando futuras actuaciones urbanísticas.
El Ayuntamiento de Marbella pondrá en marcha de campañas de información que permitan conocer el alcance de esta inspección técnica de edificios que asegure su buen estado y debida conservación. Además, elo Ayuntamienbto de Marbella establecerá la regulación posterior de un sistema de ayudas para aquellos propietarios que carezcan de recursos económicos suficientes para realizar la inspección periódica de los edificios, en los términos que se definan en la correspondiente ordenanza.