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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la orden de subvenciones para la construcción de en torno a 1.700 viviendas en alquiler a precio asequible

Esta nueva convocatoria de ayudas a la construcción de viviendas, que está dotada inicialmente con 33 millones de euros, se desarrolla por concurrencia no competitiva. Con ello se pretende establecer un mecanismo más ágil de concesión de las solicitudes.

Dos líneas de ayudas diferentes

  • La primera se destina al fomento de viviendas protegidas en alquiler para personas mayores y personas con discapacidad.
  • Por su parte, la segunda línea va enfocada al fomento de viviendas protegidas en alquiler y otras soluciones residenciales de alojamientos temporales, modelo cohousing o viviendas intergeneracionales.

En el caso de la primera línea, las promociones de alojamientos o viviendas tendrán que contar con instalaciones, servicios y zonas de interrelación. Habrán de ser suficientes para proporcionar como mínimo, prestaciones como servicios sociales, atención médica básica disponible las 24 horas, servicio de limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales, así como terapias preventivas y de rehabilitación. La subvención para esta línea es de 700 euros el metro cuadrado útil, con un máximo del 50% del coste total subvencionable o 50.000 euros por unidad de alojamiento.

La segunda línea, por su parte, incluirá espacios comunitarios para la convivencia de las personas destinatarias. Esta línea opta a una subvención de 420 euros por metro cuadrado de superficie útil y 15.000 euros adicionales por alojamiento si se destina a personas con menos recursos.

La adscripción al programa, que está financiado por el Plan Vive En Andalucía en Andalucía y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, supone la obligación de mantener el régimen de alquiler o cesión del uso durante al menos 20 años desde la fecha de la calificación definitiva. Esta circunstancia deberá constar en la calificación definitiva e inscribirse en nota marginal en el Registro de la Propiedad. Asimismo, las viviendas resultantes pueden tener hasta 90 metros cuadrados y deberán obtener la calificación energética mínima A, tanto en emisiones de CO2 como en consumo de energía primaria no renovable.

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