La junta de gobierno del Ayuntamiento de Almería ha aprobado el proyecto de ordenanza reguladora del Informe de Evaluación de los Edificios

La nueva ordenanza rdel Informe de Evaluación de los Edificios regulará la obligación de los propietarios de efectuar un informe periódico dirigido a determinar el estado de conservación de las edificaciones y construcciones y el cumplimiento del deber de conservación impuesto por la normativa urbanística y de régimen de suelo, lo que sustituirá a la actual Inspección Técnica de Edificaciones (ITE).

Según ha explicado en una nota el responsable del área de Urbanismo, Pablo Venzal, estarán afectadas por la obligación que regula esta ordenanza “toda clase de edificaciones y construcciones, independientemente de su uso y destino”.

El edil popular ha reseñado que la nueva ordenanza, pendiente ahora de su aprobación en pleno, viene a sustituir a la ordenanza de Inspección Técnica de Edificios (ITE) “de acuerdo con lo establecido con la Ley 8/2013 de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, norma de carácter estatal que establece la regulación básica del Informe de Evaluación de los Edificios”.

Una vez entre en vigor la nueva ordenanza, quedarán establecidos los plazos para la presentación del obligado informe de evaluación al objeto de “acreditar y asegurar el buen estado y debida conservación de los inmueble, y que cumplan, como mínimo, una serie de requisitos exigibles en cuanto a seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato”, ha explicado Venzal.

El concejal ha reiterado la “obligatoriedad” de los propietarios de las edificaciones a contar con dicho informe, de acuerdo con su antigüedad, así como que las inspecciones tendrán que ser realizadas por técnicos facultativos, encargados de emitir los informes pertinentes que determinen el estado de conservación del mismo, y si es preciso, o no, realizar obras de conservación o rehabilitación.

Al igual que con las inspecciones técnicas de edificaciones, “el control de que se realicen estas inspecciones lo ejercerá el Ayuntamiento a través de un registro”, ha recalcado. Así, durante el año 2014 se realizará el informe de evaluación de los edificios con una antigüedad anterior a 31 de diciembre de 1943. Durante los años siguientes, 2015 y 2016, el informe será necesario presentarse en aquellos inmuebles con una antigüedad entre el 1 de enero de 1944 y el 31 de diciembre de 1953.

En años sucesivos, la obligación de contar con el informe de evaluación corresponderá a los edificios con una antigüedad entre el 1 de enero de 1954 y el 31 de diciembre de 1963. Venzal se ha mostrado “satisfecho” por el resultado y número de inspecciones que se han presentado a lo largo del pasado año con la entrada en vigor de la ordenanza reguladora de la ITE.

“Según datos del Catastro, de los más de 3.052 inmuebles obligados a pasar la ITE, con más de 50 años de antigüedad, el número de informes registrados en la Gerencia de Urbanismo con su correspondiente inspección es de 686”, ha explicado el concejal, quien ha añadido que “el Ayuntamiento no ha remitido a los propietarios ninguna comunicación oficial respecto a esa obligación”, siendo cartas privadas las que se hayan podido cursarse en este sentido informando de esa obligatoriedad a los propietarios.

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