eficiencia energética de los edificios

Se ha iniciado el plazo para presentar alegaciones a la propuesta de documentos reconocidos para la certificación energética de edificios que finaliza el viernes 28 de abril del 2023

El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios tiene como objeto establecer las condiciones técnicas y administrativas para la aprobación de la metodología de cálculo de su calificación de eficiencia energética.

Para facilitar el cumplimiento de las exigencias de dicho Real Decreto, se crean los denominados documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética que se definen en su artículo 4 como: “aquellos documentos de carácter técnico elaborados para facilitar el cumplimiento del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios que cuentan con el reconocimiento conjunto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.”

Estos documentos se inscriben en el Registro General de Documentos Reconocidos para la certificación de eficiencia energética, creado en el artículo 4 y adscrito a la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico.

Para poder ser inscritos en el Registro General, los documento reconocidos han de seguir el “Procedimiento para el reconocimiento conjunto por Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de los documentos reconocidos de certificación energética de edificios”, adjunto para consulta en los anexos de esta publicación.

Revisión de los documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética de los edificios

Con la entrada en vigor del Real Decreto 390/2021 se hace necesaria la revisión de los documentos reconocidos que regulan la metodología de certificación energética de los edificios, para adecuarlos a las nuevas obligaciones contempladas en dicho real decreto. Además, la experiencia acumulada en los últimos años a la hora de realizar la certificación energética, así como su tramitación en los registros de las comunidades autónomas, ha permitido recoger propuestas de modificaciones en los documentos reconocidos para la calificación de eficiencia energética de un edificio, que permitirán mejorar con su calidad y claridad.

A propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se proponen cambios en los siguientes documentos reconocidos para la calificación de eficiencia energética de los edificios:

  • Modelo de etiqueta de Proyecto
  • Modelo de etiqueta de Obra Terminada
  • Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética
  • Modelo de Certificado de Eficiencia Energética
  • Calificación de la eficiencia energética de los edificios
  • Informe de evaluación energética del edificio en formato electrónico

Asimismo, se solicita el registro de un nuevo documento reconocido: Modelo de etiqueta de Edificio Existente.

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